La UMH firma un Convenio de Cooperación Educativa con los Colegios oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Murcia y Albacete
Los alumnos de la Licenciatura de Farmacia realizarán prácticas con la colaboración de los profesionales farmacéuticos
La UMH firma un Convenio de Cooperación Educativa con los Colegios oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Murcia y Albacete
El Rector de la Universidad Miguel Hernández, Jesús Rodríguez Marín y los Presidentes de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las Provincias de Alicante, Albacete y Murcia; Jaime J. Carbonell Martínez, Eduardo Giménez Benítez y Prudencio Rosique Robles, respectivamente; han firmado un convenio que tiene como finalidad el desarrollo de las prácticas tuteladas de los alumnos de la titulación de licenciado en Farmacia.
El Real Decreto 1464/1990, de 26 de octubre, B.O.E. de 20 de noviembre de 1990, establece que el título universitario oficial de Licenciado en Farmacia y las directrices generales propias de los planes de estudio contempla las ‘estancias’ entre las materias troncales correspondientes al segundo ciclo, que define como un periodo formativo de seis meses de prácticas tuteladas que se realizan en Oficinas de Farmacia o Servicios de Farmacia Hospitalaria y que comprende 15 créditos.
El objeto de este convenio de colaboración es establecer los programas que especifiquen la forma y condiciones en que los alumnos de la Licenciatura de Farmacia de la UMH puedan realizar prácticas con la colaboración de los profesionales farmacéuticos (programas de estancias). Con esta finalidad se especificarán los requisitos necesarios para la acreditación de las Oficinas de Farmacia en las que se van a realizar dichas prácticas, así como los criterios de distribución de los alumnos, el control y seguimiento de las enseñanzas prácticas y cuantas otras sean necesarias para el mejor desarrollo de las prácticas.
Los farmacéuticos facilitarán al estudiante el conocimiento de todos los aspectos relacionados con la conservación, custodia, dispensación y control de los medicamentos, la administración y gestión de oficina, y con la formulación magistral y preparación oficial, con especial referencia a: Legislación farmacéutica. Gestión farmacéutica Composición, aplicación y utilización de medicamentos. Criterios de clasificación de medicamentos. Adquisición de medicamentos y control de ¿stocks¿. Adquisición y dispensación de estupefacientes, psicótropos y medicamentos de especial control. Preparación y control de fórmulas magistrales Conservación y almacenamiento de productos farmacéuticos, etc
La UMH podrá nombrar profesores colaboradores honoríficos a los farmacéuticos tutores Titulares o Adjuntos de las Oficinas de Farmacia que hayan sido acreditadas, reconociéndoles de este modo la participación en la labor docente y la formación de los estudiantes de Farmacia de la UMH. Asimismo, se le expedirá un certificado por parte de la Universidad Miguel Hernández de Elche acreditando que la oficina de farmacia es centro colaborador docente de la universidad y se le otorgará un distintivo que podrá utilizar dicha oficina de farmacia como indicativo de esta circunstancia.
Los farmacéuticos se beneficiarán, además, de otro tipo de compensaciones en igualdad de condiciones que el personal de la UMH, tales como la utilización de instalaciones de la UMH, en condiciones similares a las de los profesores, personal de administración y servicios y alumnos de la Universidad.
Elche, 17 de febrero de 2004